viernes, 17 de mayo de 2013

Solicitud para que se formule RECOMENDACIÓN del Defensor del Pueblo al Alcalde del Ayuntamiento de Plasencia


OFICINA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Calle Zurbano, 42 - 28010 Madrid

Asunto: Solicitud para que se formule RECOMENDACIÓN del Defensor del Pueblo al Alcalde del Ayuntamiento de Plasencia y a su concejal de Interior por vulneración del derecho fundamental a la información que ampara el Título I de la Constitución española. Ref. número de registro 13035417 de fecha 17/05/2013.

Quien la presente suscribe, Francisco Javier Caso Iglesias, mayor de edad, en el ejercicio de los derechos que me ampara la legislación, ante Usted comparece y, como mejor proceda, EXPONE:

1.- Que el Alcalde del Ayuntamiento de Plasencia y su Concejal de Interior viene poniendo todo tipo de cortapisas al derecho de información y dificultando el normal desarrollo del derecho constitucional de manifestación, vulnerando con ello la Constitución  Española, en concreto el Título I, capítulo segundo, sección 1.ª, que trata de los derechos fundamentales y de las libertades  públicas; derechos fundamentales y libertades públicas que gozan de una especial protección.

2.- Que los derechos fundamentales y libertades públicas contemplados en el Título I, capítulo segundo, sección 1.ª, son vulnerados al aplicar la ordenanza municipal de limpieza viaria a organizaciones políticas, sociales y sindicales legalmente constituidas.

3.- Que quien la presente suscribe considera que lo acontecido el 18 de abril, el 1º de Mayo, y en las movilizaciones del día 9 de Mayo contra la reforma educativa y los recortes, consecuencia de la aplicación de la ordenanza municipal de limpieza viaria, es una vulneración clara de los derechos constitucionales de información y de manifestación por parte del Consistorio; pues el Ayuntamiento placentino, como así afirman también los sindicatos y organizaciones sociales en los enlaces a Notas de Prensa que se adjuntan (DOC 1), prohibió que se realizara la habitual megafonía por las calles de la ciudad para informar sobre estas jornadas reivindicativas y ha impuesto una fianza abusiva de 2.000 euros al reparto de octavillas a la ciudadanía. Al Colectivo Dignidad Plasencia, que lucha por la Renta  Básica, fueron 4.000 euros de fianza lo que se le exigieron por colocar carteles de la convocatoria de manifestación del 18 de abril. Es más, en el día de hoy, dos miembros del Campamento Dignidad han recibido notificaciones de la apertura de expedientes de sanción (sanciones que oscilarán entre los 60 y los 120 euros según la notificación recibida) por parte del ayuntamiento por repartir publicidad relativa a la manifestación que el campamento organizó y realizó el pasado 18 de abril.

4.- Que quien la presente suscribe considera, como así también lo hace el movimiento sindical y social de la  localidad, incomprensible que se prohíba la utilización de megafonía en la calle para anunciar movilizaciones, cuando es algo totalmente legal y habitual, y que se imponga una fianza de 2.000 euros para el reparto de octavillas; y más que se haga cuando ya se anticipa informalmente por parte del Ayuntamiento que no se devolverá y se fijará como una especie de multa. Una multa que no será recurrible administrativamente porque no se reconocerá como tal.

5.- Que quien la presente suscribe sostiene, al igual que los agentes sindicales y sociales, que el Tribunal Constitucional ya ha emitido a lo  largo de los últimos años numerosas sentencias condenando este tipo de vulneración de derechos fundamentales por parte las administraciones locales; También consideramos que el Consistorio placentino está escudando su actuación en una ordenanza municipal que es utilizada de manera injusta para justificar decisiones arbitrarias.

Por todo ello SOLICITO:

A.- Que tenga por presentado este escrito y acuerde admitirlo, teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se recoge.

B.- Que se proceda por esa oficina del Defensor del Pueblo a llevar a cabo las actuaciones pertinentes al objeto de garantizar los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española, en especial el relativo a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión; derecho fundamental que, como ciudadano, se me vulnera por el Ayuntamiento de Plasencia al aplicar la ordenanza municipal de limpieza viaria a organizaciones políticas, sociales y sindicales legalmente constituidas que, mediante octavillas y megafonía, me hacen llegar una información que por otros canales o medios no me llega.

C.- Que se formule RECOMENDACIÓN del Defensor del Pueblo al Alcalde del Ayuntamiento de Plasencia y a su concejal de Interior para que modifique o derogue la ordenanza municipal de limpieza viaria en lo relativo a imponer fianzas o sanciones a las organizaciones políticas, sociales y sindicales legalmente constituidas que, mediante octavillas y megafonía, me hacen llegar una información que ampara el Título I de la Constitución española y que por otros canales o medios no me llega.

En espera de su pronta y siempre grata respuesta a lo solicitado, reciba un cordial saludo.

Y para que así conste donde proceda a los efectos oportunos, firmo la presente en Plasencia a 17 de mayo de 2013

Fdo.: Francisco Javier Caso Iglesias

DOC 1






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